José Cruz Delgado 

Los conflictos agrarios exigen soluciones jurídicas propias del régimen de propiedad social, no la vía penal como instrumento de intimidación, señala el abogado Valente Álvarez Reyes, quien ha iniciado una férrea defensa de ejidatarios de la comunidad de Apeo, ubicada en el municipio de Maravatío.

Los ejidatarios de la comunidad de Apeo, en el municipio de Maravatío, hacen uso de su derecho constitucional a la libre libertad de expresión, asociación, manifestación pacífica y, el derecho a la propiedad y protección de su territorio, ante una situación que ha sido independiente llevada al terreno penal por parte de Kansas City Southern de México, al presentar denuncias por una supuesta invasión al derecho de vía férrea.

Desde una perspectiva estrictamente jurídica, para el prestigiado jurista resulta indispensable precisar que el origen del conflicto no está en la comisión de un delito, sino en una controversia agraria y posesoría derivada de la falta de delimitación clara y específica del derecho de vía al momento de la dotación de las tierras ejidales. De acuerdo con la información proporcionada y reconocida por el Registro Agrario Nacional, no existió en su momento una determinación precisa que fijara de manera individualizada ese derecho de vía sobre los terrenos ejidales, lo que hoy genera una disputa que no puede resolverse mediante la criminalización de quienes legítimamente ocupan y detentan tierras heredadas conforme al régimen agrario.

La propia normativa aplicable en materia de infraestructura y comunicaciones reconoce la posibilidad de establecer derechos de vía, incluso hasta de 15 metros, siempre que ello se haga con criterios técnicos sin poner en riesgo la seguridad. Sin embargo, esa circunstancia no autoriza por sí misma a convertir una controversia sobre límites, posesión o uso de tierra ejidal en una imputación penal. El derecho penal es la última ratio del sistema jurídico y no puede utilizarse como mecanismo de presión en conflictos que, por su naturaleza, deben ser atendidos en sede agraria o por vías conciliatorias.

Conviene subrayarlo con absoluta claridad: los delitos no se heredan. Quien quien recibe tierras ejidales por sucesión, cesión o cualquier figura reconocida por el régimen agrario no adquiere responsabilidad penal por hechos que no le son propios, ni por controversias históricas no resueltas en la delimitación original de los terrenos. Kansas City pretende atribuir conducta delictiva a ejidatarios y vecinos por ocupar tierras cuya situación jurídica no fue debidamente definida por las autoridades y constituye una visión incompatible con los principios de legalidad, tipicidad y presunción de inocencia.

Este asunto debe resolver se ante las autoridades agrarias competentes, mediante los procedimientos administrativos, técnicos y conciliatorios que permitan determinar con precisión la posesión, los linderos y, en su caso, el alcance del derecho de vía. No se trata de negar derechos a nadie, sino de reconocer que los conflictos agrarios exigen soluciones jurídicas propias del régimen de propiedad social, no la vía penal como instrumento de intimidación.

Los ejidatarios de Apeo realizaron un plantón en la sede del Poder Judicial de la Federación para exigir respeto a su propiedad, y la lucha la están llevando junto con Álvarez Reyes.

Pero aún hay más, los ejidatarios están siendo intimidados por Kansas a través de la fiscalía y los amenazan con meterlos a la carcel sin haber de por medio una orden de aprehensión, según denuncia del encargado del orden de Apeo, Enrique Miranda.