Bernardo López

Ante los abusos de autoridad que se han cometido contra periodistas y ciudadanos por emitir una opinión sobre asuntos de carácter público, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) difundió principios para el ejercicio de la libertad de expresión.

La Primera Sala emitió los criterios de jurisprudencia, para proteger a periodistas, si son objeto de demandas civiles por daño moral, y fija estándares jurídicos de protección sobre lo expresado en una columna de opinión, las manifestaciones relacionadas con asuntos de relevancia pública, cuando se demanda una indemnización por daño moral al aludir un ejercicio abusivo de la libertad de expresión.

De acuerdo a la tesis, si son temas de interés público y que por su propia naturaleza no requieren de una demostración de exactitud o veracidad, deberán entenderse constitucionalmente protegidas la libertad de opinión, la manifestación de ideas y juicios de valor.

La Primera Sala también determinó que el demandante debe acreditar que la información publicada es falsa y que el medio de comunicación o periodista la divulgó con mala fe o descuido grave en la sustentación de los hechos.

Entonces, cuando las opiniones se soportan en hechos, proporciona sustento fáctico y se caracteriza por una diligencia en la verificación, se mantiene firme la protección constitucional.

Por lo tanto, si los hechos ya son públicos o verificables, la opinión que se apoya en ellos está protegida, pero si el columnista introduce hechos nuevos al debate público debe demostrar que los buscó y verificó de forma razonable, y explicar al lector los datos y el contexto.

Recordemos que los artículos sexto y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son lo que abordan el tema de la libertad de expresión.

Los criterios divulgados por la Primera Sala deben ser suficientes para evitar abusos de poder como los que se han cometido contra periodistas como Héctor de Mauleón, Jorge Luis González Valdez, o el mismo Sergio Aguayo Quezada, quien dio origen a la tesis de jurisprudencia; también a Karla María Estrella Murrieta; así como a medios como El Universal o Tribuna de Campeche.Los ministros de la SCJN que concluyen su trabajo al frente de la institución dejan gran legado sobre la defensa de las libertades. Esperemos que los juzgadores que comenzarán sus labores el primero de septiembre estén a la altura de los mandatos de la carta magna y las leyes que se derivan.