La vigilancia laboral a través de paneles está totalmente dirigida a México, según versión pública del protocolo modificatorio del Tratado entre México, EU y Canadá (T-MEC) difundido ayer por el Departamento de Comercio.
Los paneles laborales se usarán para solucionar controversias entre México y EU o entre México y Canadá, pero no se establece una revisión entre EU y Canadá.
Si uno de los socios del acuerdo detecta que se están incumpliendo la libre asociación sindical y contratos colectivos, puede solicitar una revisión por parte del país responsable. Si la revisión no se realiza o se determina una violación a los derechos, se puede apelar a la formación del panel.
El panel establecerá las posibles sanciones, que pueden ser la suspensión del trato preferencial a la exportación y la imposición de penalizaciones.
En el documento del Departamento de Comercio no se incluye la operación de Agregados Laborales en México, como lo divulgó el Comité de Medidas y Medios de la Cámara Baja de EU donde se establecieron los cambios que hicieron los Demócratas al acuerdo.










