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Zaldívar abre debate por Cabeza de Vaca: una orden de aprehensión no impediría ser candidato

  • El exministro sostiene que una orden de captura no basta para frenar candidatura

Carlos Lara Moreno

En medio de la nueva polémica por el futuro político del exgobernador de Tamaulipas Francisco Javier García Cabeza de Vaca, Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de la República, sostuvo que la existencia de una orden de aprehensión no necesariamente impide que una persona pueda registrarse como candidata a un cargo de elección popular.

“El criterio es que una orden de aprehensión, a pesar del texto que tiene otro precepto de la Constitución, no impide que alguien se registre para poder ser candidato”, afirmó Zaldívar.

Las declaraciones adquieren relevancia ante el caso de Cabeza de Vaca, cuya situación jurídica y eventuales aspiraciones electorales volvieron esta semana al centro de la confrontación política.

La presidenta Claudia Sheinbaum aseguró el 25 de agosto que México ha solicitado al gobierno de Estados Unidos la extradición del exmandatario panista, quien se encuentra en ese país y tiene doble nacionalidad. La mandataria señaló que existe una orden de aprehensión en su contra y sostuvo que su ciudadanía estadounidense no imposibilita una eventual extradición.

Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó en febrero de 2026 el amparo que había dejado sin efecto una orden de aprehensión contra Cabeza de Vaca por su probable responsabilidad en delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. El exgobernador ha rechazado las imputaciones y sostiene que enfrenta una persecución política.

El precedente que pone a prueba la tesis de Zaldívar

El punto clave es que el caso de Cabeza de Vaca ya llegó al Tribunal Electoral y el resultado introduce un matiz importante frente a lo planteado por Zaldívar.

En abril de 2024, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el registro de Cabeza de Vaca como candidato del PAN a diputado federal plurinominal.

El TEPJF determinó entonces que era inelegible no únicamente por la existencia de órdenes de aprehensión, sino porque existían dos órdenes vigentes por delitos graves y se consideró que estaba sustraído de la acción de la justicia para evitar enfrentar el proceso penal.

Un mes después, el Tribunal confirmó por unanimidad la negativa de su registro y estableció que las suspensiones obtenidas en materia penal no habían invalidado las órdenes de aprehensión. También precisó que la condición de inelegibilidad no necesariamente es permanente y debe analizarse conforme a las circunstancias de cada caso.

Ese antecedente resulta relevante porque Zaldívar reconoció que, ante una nueva postulación de una persona con orden de captura, la última palabra correspondería precisamente al Tribunal Electoral.

“Aquí tendríamos que ver qué diría el Tribunal Electoral, que es a quien le correspondería, si una persona que tiene una orden de aprehensión pretende postularse a algún cargo de elección popular”, señaló.

No obstante, el exministro consideró que la evolución de los precedentes judiciales apunta hacia una interpretación protectora de los derechos político-electorales.

“Mi opinión, por los precedentes que ha habido, es que sería un criterio garantista, tratando de permitir que la persona pueda competir”, afirmó.

“Una orden podría quitar a alguien de la contienda”

Zaldívar explicó que impedir automáticamente una candidatura por la sola existencia de una orden de aprehensión podría generar incentivos para utilizar procesos penales como instrumentos de exclusión electoral.

“Podría ser muy fácil —no digo que este es el supuesto, yo no me refiero ahorita a ningún supuesto en particular— que pudiera obtener una orden de aprehensión y con eso quitar a alguien de la contienda”, advirtió.

El funcionario fue cuidadoso en señalar que no se refería expresamente a un caso concreto.

Sin embargo, la discusión coincide con el nuevo enfrentamiento político alrededor de Cabeza de Vaca. Esta semana, el vicepresidente de la Cámara de Diputados,

Sergio Gutiérrez Luna, acusó al panista de pretender utilizar una eventual aspiración presidencial para presentarse como perseguido político y recordó la resolución electoral que lo consideró sustraído de la justicia.

Zaldívar recuerda el desafuero de López Obrador

Zaldívar también estableció una diferencia entre los criterios actuales y los que estaban vigentes durante el proceso de desafuero contra Andrés Manuel López Obrador.

“Cuando fue el caso del presidente López Obrador estaban todavía vigentes otros criterios y prácticamente cualquier cuestión de carácter penal hacía que no se le pudiera registrar como candidato”, explicó.

Añadió que entonces se buscaba retirar el fuero a López Obrador para procesarlo antes de que formalizara su candidatura presidencial.

“Lo que se quiso hacer en aquel momento fue quitar el llamado fuero y procesar al presidente López Obrador antes de que fuera candidato, e incluso ya estando detenido, ya quitarlo de la contienda. Era un supuesto diferente”, afirmó.

Prisión preventiva cambiaría el escenario

Zaldívar distinguió entre tener una orden de aprehensión y encontrarse ya vinculado a proceso bajo prisión preventiva.

“Si ya en el transcurso, por alguna cuestión, se le vincula a proceso y en esta vinculación a proceso se dicta una medida cautelar de prisión preventiva, entonces, por razones obvias, pues ya no podría competir ni ejercer el cargo en su caso”, explicó.

El coordinador de Política y Gobierno también cuestionó que los jueces suspendan automáticamente los derechos políticos de una persona como consecuencia de una sentencia penal.

“Los jueces normalmente lo hacen en automático: dictan una sanción, una pena, y ponen la pérdida, la suspensión por un tiempo de derechos políticos. Esto es cuestionable constitucionalmente y habría que ver cada caso concreto”, concluyó.