Tras llevar a cabo una revisión de los trámites de inscripción de 2006 a abril de 2021 sobre el cumplimiento de requisitos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) canceló cuentas de fedatarios públicos inscritos al “esquema de inscripción en el RFC a través del fedatario público por medios remotos”.
Señaló el SAT que, de acuerdo con los resultados de los modelos de redes neuronales, que contienen información como la factura electrónica y la declaración informativa de operaciones con terceros, se obtiene una probabilidad mayor al 70.1 por ciento que los inscritos por Fedatarios sean ‘factureras’ o ‘empresas fantasmas’ comparados con los que se inscriben en las oficinas del SAT.
De las personas morales inscritos por Fedatarios, ofrecen principalmente servicios en el sector energético y financiero. El 37.2 por ciento de las ventas realizadas al sector público fueron productos y servicios del sector de hidrocarburos tales como petróleo, gas y gas natural.
Los contribuyentes inscritos por Fedatarios que tienen relación con el sector privado prestan principalmente servicios de casas de cambio e instituciones bancarias tales como provisión de servicios de tarjetas de crédito, monederos electrónicos y vales en general, los cuales representan el 31.6 por ciento de sus ventas, explicó el SAT.
A través de un comunicado, explicó que, a inicios de 2002, se estableció el Sistema de inscripción en el RFC a través del fedatario público por medios remotos, donde se otorgan cuentas y funciones para el ingreso a los sistemas institucionales a los Fedatarios que les permiten realizar la inscripción de personas morales y físicas.












