Para facilitar los trámites funerarios correspondientes, el Gobierno de la Ciudad de México modificó el protocolo para el manejo de personas muertas por sospecha o confirmación de COVID-19,
Lo anterior fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en su edición bis del 29 de enero.
Para la autorización de los trámites de traslado, inhumación o cremación en decesos de más de 48 horas no será necesario presentar carta de estancia, carta de refrigeración, tesis de embalsamamiento o carta responsiva.
Además, se autoriza el traslado de personas fallecidas al interior de la República Mexicana o al extranjero, extremando todas las medidas de seguridad sanitaria.
Para la autorización de traslados de personas muertas que implican tiempos prolongados se autoriza su embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro procedimiento de conservación, conforme al Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos, utilizando el equipo de protección personal en términos de lo establecido en los Lineamientos de Manejo General y Masivo de Cadáveres por COVID-19 en México.