Este 17 de junio entró en vigor la denominada Ley Silla, 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Consiste en reformas a los artículos 132, primer párrafo y fracción V; 133, primer párrafo; 422, primer párrafo y 423, fracciones I, V, VIII y X, además de la adición de una fracción XVII Bis al artículo 133, de la Ley Federal del Trabajo.

La Ley Silla obliga a los empleadores a proveer un número suficiente de asientos o sillas con respaldo para todos sus trabajadores, ya sea para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

La nueva disposición aplica en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, con lo que engloba a:

  • empacadores
  • guardias de seguridad
  • hostess
  • cocineros
  • meseros
  • encargados de almacén
  • empleados de mostrador
  • taquilleros
  • guardaespaldas
  • demostradores
  • personal de limpieza