Rafael H. Rivera P.
Desde que se planteó la necesidad de presentar un documento que avalara tener en regla todo lo necesario con respecto a la Protección Civil en los establecimientos mercantiles, surge la figura del Tercero Acreditado, esto en la Ciudad de México y sus equivalentes en el resto del país.
Este Tercero Acreditado, según lo que se puede entender en las leyes de esos años, incluso hasta la previa de 2019, pretendía ser un profesional de la prevención, que integrara y desarrollara un Programa Interno de Protección Civil y que cumpliera con todo lo que marcaba la normatividad vigente.
Estos, tendrían, según se había planeado, una figura parecida a la de los Directores Responsables de Obra, como auxiliares de la autoridad en materia de Protección Civil.
En la Práctica, algunos cometían omisiones garrafales en la presentación de las documentaciones requeridas, de tal suerte, que, al ser revisados por las autoridades delegacionales, se empezaba una dinámica de observaciones, prevenciones y “subsanaciones” que tiró por los suelos el prestigio de muy buenos profesionales de la materia.
En las últimas modificaciones a la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de 2021, se puede ver un cambio interesante, que espero no sea solamente de nombre, ya que desaparecen los Terceros Acreditados y ahora serán Oficial Responsable de Protección Civil.
Se espera ahora de estos ORPC, que no sólo se limiten al cumplimiento de la normatividad y la integración del Programa Interno, sino que también asuman las responsabilidades que desde la creación de esta figura estaban planeadas que es también la implementación y correcta operación de los planes y programas que desarrollan y habrá como siempre profesionales comprometidos que lo harán.















